Ley de Transparencia

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:

Literal a)

Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

Literal b)

El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal;

Literal c)

La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;

Literal d)

Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones;.

Literal e)

Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así­ como sus anexos y reformas;

Literal f)

Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción;

Literal g)

Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos.

Literal h)

Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

Literal i)

Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones;

Literal j)

Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

Literal k)

Planes y programas de la institución en ejecución;

Literal l)

El detalle de los contratos de crédito externos o internos.

Literal m)

Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como:

Literal n)

Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos;

Literal o)

La Dirección de Comunicación mantiene actualizado el portal web y está a cargo de publicar la información establecida en los artículos 7 y 14 de la LOTAIP. Las fuentes de esta información, y responsables del contenido de la misma, son las diferentes dependencias de la Institución.

La Secretaría General es la encargada de proporcionar la información que reposa en la Institución, previa solicitud escrita de los interesados, realizada de acuerdo con la ley.

La Dirección Ejecutiva es la encargada de proporcionar la información de carácter administrativo que reposa en la Institución, previa solicitud escrita de los interesados, realizada de acuerdo con la ley.

Director Ejecutivo :  Ab. Héctor Solórzano Camacho  hector.solorzano@cte.gob.ec  

Oficinas : Chile 1710 y Cuenca, Primer Piso

Secretaria  General:  Ab. Gina Murrietta      gmurrieta@cte.gob.ec

Oficina: Chile 1710 y Cuenca, Primer Piso

Directora de Comunicación:  Jéssica Alvarado  jalvarado@cte.gob.ec

Oficina: Chile 1710 y Cuenca, Primer piso

La Oficina Principal de CTE se encuentra ubicada en las Calles Chile 1710 y Cuenca 

Guayaquil-Ecuador